A cada uno de los acusados se le ha impuesto una pena de un año de prisión por homicidio imprudente y seis meses más otro delito contra el derecho de los trabajadores.
Los hechos que ahora han sido sentenciados por el Juzgado de lo Penal 1, ocurrieron sobre las ocho de la mañana del 16 de enero de 2007, en una empresa situada en el polígono industrial de Lezo.
Según la sentencia, el trabajador fallecido, F.J.I.A., se hallaba en una mandrinadora FB-125, con la que realizaba un orificio en una pieza metálica por medio del giro de una cuchilla. En un momento dado el operario sacó la herramienta del agujero realizado, y con el husillo aún girando, se acercó a la pieza, probablamente para comprobar el trabajo realizado, instante en que fue enganchado por la ropa.
La velocidad a la que giraba el husillo arrastró al trabajador y le volteó, golpeándole contra las partes fijas de la máquina. A consecuencia del suceso, el operario sufrió numerosas heridas, entre ellas múltiples amputaciones en extremidades que le produjeron la muerte casi inmediata.
Según la sentencia, el accidente se produjo porque la máquina carecía de los indispensables sistemas de protección. En este sentido, la magistrada autora de la sentencia precisa que la mandrinadora no estaba dotada de dispositivos adecuados para evitar que el trabajador resultase arrastrado por el husillo.
Máquina antigua
La máquina que al parecer tenía alrededor de cuarenta años de antigüedad, presentaba otras deficiencias graves. No estaba adaptada a la normativa vigente y carecía de un mecanismo de frenado eficaz que parase el husillo en un determinado número de vueltas.
La sentencia detalla del mismo modo que la inspección de trabajo efectuada con posterioridad al siniestro desveló que una segunda mandrinadora, modelo FB-90, adolecía de las mismas deficiencias que la anterior.
La resolución judicial destaca que la evaluación de contingencias laborales de la empresa no contemplaba de forma correcta los riesgos existentes en realación a las mandrinadoras, "ya que no preveía medidas de protección para las mismas, salvo la de llevar ropa adecuada, al considerar que no se podían proteger". En este sentido, la juez aprecia que el holgado jersey que la víctima vestía pudo favorecer el atrapamiento".
La sentencia concluye que los dos acusados, "conocían perfectamente las condiciones en que se encontraban dichas máquinas y, por lo tanto, que no eran seguras, pese a lo cual permitían que los trabajadores las utilizasen, poniendo en grave riesgo su vida e integridad física, riesgo que se materializó en el accidente que provocó el fallecimiento".
El fallecido ostentaba la categoría de oficial de primera y aunque tenía participaciones en la empresa carecía de poder de decisión.
08/02/2010
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